Importar
Importación
Actividad comercial que consiste en la introducción en el territorio de un Estado de bienes, servicios o capitales procedentes del extranjero. Desde el punto de vista fiscal, Importar significa la entrada de una mercancía en el Estado procedente de un Estado situado fuera del territorio comunitario, a través del paso de la aduana.
La ejecución de una importación implica la realización de operaciones aduaneras y el pago de derechos de aduana: esta categoría incluye los derechos de frontera, debidos por el paso de las mercancías del territorio aduanero. Generalmente se consideran de carácter fiscal y se definen como derechos de aduana.
Los derechos fronterizos a pagar en caso de importación incluyen: importar derechos, gravámenes, importar imposiciones, derechos de monopolio, recargos fronterizos.
Los impuestos aduaneros son liquidados y recaudados por la administración aduanera tras la presentación, por parte del contribuyente, de la declaración aduanera, en la que se comunican las características de las mercancías transportadas y su destino aduanero.
La decisión de la Comunidad Europea de implantar un impuesto general sobre el consumo, caracterizado por una estructura uniforme para todos los países comunitarios, ha determinado la necesidad de someter al IVA todos los bienes importados por cualquier persona (independientemente, por tanto, del ejercicio de una actividad empresarial, artística o profesional), con el fin de excluir la entrada y circulación en el territorio comunitario de bienes que, al no haber descontado el impuesto, podrían alterar la neutralidad del mercado.
El IVA sobre importaciones se aplica al valor de las mercancías importadas determinado según la normativa aduanera y se liquida y cobra en la aduana.
La deducibilidad del IVA pagado sobre las importaciones estará, por supuesto, vinculada a la condición de la persona que los haya realizado y, por consiguiente, sólo se admitirá para quienes realicen actividades empresariales, artísticas o profesionales.
Economía
En su acepción más restringida y común, las importaciones se refieren exclusivamente a los bienes y, si se entienden en sentido amplio, incluyen también los servicios y el capital. Los servicios de importación consisten en los gastos de los turistas nacionales en el extranjero, los alquileres pasivos, etc.; el capital de importación consiste en las remesas de los ciudadanos emigrados al extranjero, la compra de acciones o bonos nacionales por parte de los no residentes, etc.
Tanto los servicios como el capital de importación se refieren a los bienes. Tanto los servicios como el capital de importación tienen un peso considerable en la balanza de pagos y pueden corregir o acentuar los desequilibrios de las balanzas comerciales.
Importar, junto con las exportaciones, forman las partidas de la balanza comercial, que registra el saldo de las transacciones de entrada y salida de un país con respecto a las mercancías únicamente.
Un superávit de la balanza comercial (es decir, un superávit de las exportaciones con respecto a las importaciones) aumenta la oferta monetaria del país y su producto interior bruto, por lo que es un apoyo útil al proceso de crecimiento económico.
La importación puede verse afectada por derechos de aduana (en su mayoría destinados a defender el mercado nacional de la competencia extranjera, pero también a ser considerada como un medio de recaudación de impuestos sobre el consumo), limitada por cuotas (generalmente por razones monetarias) o incluso prohibida (casi siempre por razones sanitarias).
La rigidez de los obstáculos puestos a las mercancías extranjeras está relacionada con la política comercial adoptada por los distintos países y responde generalmente a las necesidades concretas de los distintos periodos históricos.
De especial importancia es el instituto de la importación temporal (entrada libre de derechos en el territorio aduanero del Estado de materias primas y productos semielaborados extranjeros destinados a ser reexportados en un plazo determinado tras someterse a un determinado proceso), que permite a las industrias nacionales exportar mercancías elaboradas en las mismas condiciones que las de los países que producen las mismas mercancías internamente, con el único añadido de los costes de transporte.
El instituto del "drawback" (restitución de los impuestos pagados por la importación de bienes que han sido posteriormente exportados, incluso después de su transformación), menos utilizado que la importación temporal, cumple también una función similar.
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